26.3.11

TEORÍAS CONTRACTUALISTAS -Edad Media-

3 comentarios:

  1. Me parecen muy bonitas las bolitas de la diapositiva

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  2. Me parece muy bien la redaccion y es claro de comprender y entender y ademas al consultar las bibliografias de los pensadores o filosofos nos da facilidad de analizar todo lo referente al tema expuesto y lo mas importante es el buen desempeño que han puesto para lograr mejor entendimiento sobre cualquier tema especifico.Los felicito porque todo me parecio interesante.

    RESPUESTA SOBRE SI LA REVOCATORIA DEL MANDATO TIENE QUE VER CON LA SOBERANIA POPULAR O SOBERANIA NACIONAL:La revocatoria del mandato tiene que ver con la Sobernía Popular puesto que el pueblo en ejercicio de su soberanía, otorga a sus representantes un mandato para que ejerzan el poder político.

    RESPUESTA SOBRE QUE ES EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD:Según algunos teóricos sobre la materia constitucional, el bloque de constitucionalidad es “un conjunto normativo que contiene disposiciones, principios o valores materialmente constitucionales, fuera del texto de la constitución documental.”
    El bloque de constitucionalidad esta referido a aquellas normas y principios que no hacen parte del texto formal de la Constitución, pero que han sido integrados por otras vías a la Constitución Colombiana, y que sirven a su vez de medidas de control de constitucionalidad de las leyes como tal.

    El bloque de constitucionalidad va de la mano de la justicia constitucional, sin embargo como termino ha sido utilizado tan solo en unas décadas, Un ejemplo de ello lo encontramos en la historia jurídica norteamericana, en cual es de conocimiento de todos, que la normas y principios constitucionales en ese país, se derivan de formas mas amplias que su texto constitucional; sin embargo la conceptualizacion precisa de bloque constitucional surge en Francia, gracias a la jurisprudencia del Consejo Constitucional francés en la década de los setenta y la labor investigativa doctrinal acerca de la justicia constitucional desarrollada por el profesor Luis Favoreau. Luego esta misma doctrina se extendió a varios países con el fin de que la misma contribuyera a formalizar y consolidar los Estados de Derecho, en especial de los países que habían sido víctimas de tiranos, y que por mucho tiempo los derechos humanos fueron desconocidos.

    El Bloque de Constitucionalidad es uno de las más importantes contribuciones de la Constitución de 1991 al sistema jurídico colombiano. Su función esencial es la de valerse como herramienta de recepción del derecho internacional, garantizando la coherencia de la legislación interna con los compromisos exteriores del Estado y al mismo tiempo, servir de complemento para la garantía de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en el país. Sin embargo, dado que su regulación está exclusivamente a cargo de la jurisprudencia de la Corte Constitucional, y que son muy escasos los esfuerzos dirigidos a decantar de ella las reglas y sub-reglas al respecto, hoy en día, el desconocimiento sobre el valor, contenido y alcance del Bloque, se traducen en un riesgo para la seguridad jurídica del país y en el posible desconocimiento de sus derechos por parte de los ciudadanos.
    MUCHAS GRACIAS
    LIZETH DAIANA OSPINA VEGA
    PRIMER SEMESTRE

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  3. La ONU autoriza la zona de exclusion aérea en Libia tras el ultimatum de Gadafi.
    Miles de personas concentradas en la plaza de los juzgados de Bengasi estallaron hoy en gritos de júbilo y agitando cientos de banderas libias tricolores y lanzaron fuegos artificiales tras la adopción por el Consejo de Seguridad de la ONU donde autorizó hoy la adopción de "todas las medidas necesarias" para proteger a la población civil y establecer una zona de exclusión aérea en el país magrebi, por diez votos a favor y cinco abstenciones. Con la Resolución 2625 de la ASAMBLEA GENERAL DE NACIONES UNIDAS, de 24 de Octubre de 1970 que contiene la DECLARACION RELATIVA A LOS PRINCIPIOS DE DERECHO INTERNACIONAL REFERENTES A LAS RELACIONES DE AMISTAD Y A LA COOPERACIÓN ENTRE LOS ESTADOS DE CONFORMIDAD CON LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS.
    La resolución auspiciada por Francia, Reino Unido y Líbano, también establece "una prohibición de todos los vuelos en el espacio aéreo de Libia para proteger la población civil"

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